Caracas, 28 de Abril de 2009 .
Nº O 3738 .
CIRCULAR .
FARMACEUTICOS REGENTES DE LABORATORIOS, CASAS DE REPRESENTACION, DROGUERIAS Y FARMACIAS. .
Me dirijo a ustedes, en la oportunidad de notificarles, en referencia a los productos farmaceuticos que contienen como base el principio activo Codeína y sus sales, en todas sus presentaciones (jarabes, tabletas, ampollas) comerciales son considerados en nuestro País como Estupefacientes y solo pueden ser dispensados estrictamente bajo régimen de control, mediante venta con prescripción facultativa y receta medica archivada, según lo establecido en el Boletín 41, Normas de Productos Farmaceuticos, 26 de Mayo y su Posología Oficial a prescribir por los facultativos será lo ajustado en Gaceta Oficial Nº 4.746 de fecha 08/07/1994. .
En tal sentido se le exhorta a dar el cumplimiento de lo indicado. So pena de aplicar sanciones respectivas.
Sin más que hacer referencia se despide de usted, .
Atentamente
Por Delegación del Ministerio del
Popular para la Salud y Protección Social. .
Dr. DAVIS ANTUNEZ .
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